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Categorización de ESCO

18.08.2016

Categorización de ESCO

La categorización de las ESCO y su clasificación en las categorías A y B busca promover la creación de las ESCO, el desarrollo y perfeccionamiento profesional y responsable, generando incentivos al desarrollo de sus capacidades y competencias. Es objeto de este esquema propiciar el desempeño eficiente de las ESCO mediante en un sistema claro, transparente y sencillo de implementar y monitorear.

Las bases para la calificación de ESCO son elaboradas por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) a través de la Dirección Nacional de Energía (DNE).

Inicialmente todas las ESCO habilitadas se integran en el registro con la categoría B. Para ser calificadas con la categoría A deberán presentarse a la Categorización de ESCO que realiza el MIEM anualmente y cumplir con los requerimientos que se establecen en cada convocatoria.

 

Beneficios para ESCO Categoría A

El FEE, que opera en el marco del SiGa, es un fondo de garantías creado para alentar a las empresas a que desarrollen proyectos de eficiencia energética en sus instalaciones.

Para poder acceder a la garantía los proyectos deben contar con el aval técnico de una ESCO, un consultor en energía o un proveedor de equipamiento eficiente, inscriptos en el registro de la DNE del MIEM. El monto máximo de esta garantía será equivalente a:

  • UI 824.000 si el aval técnico del proyecto es realizado por una ESCO categoría A;
  • UI 277.000 si el aval técnico del proyecto es realizado por una ESCO categoría B o de un consultor o proveedor de equipos eficientes.

Por otro lado, las ESCO A tienen beneficios vinculados al Decreto Nº 354/009 que establece la promoción, al amparo de la Ley N° 16.906 de Promoción de Inversiones, de diversas actividades referentes a la generación de energía. Entre estas actividades se encuentran los servicios brindados por ESCO registradas en el MIEM y calificadas como Categoría A. Para tener derecho a los beneficios dispuestos en el Artículo 3º de dicho decreto, es condición necesaria que la ESCO haya sido calificada como Categoría A el año previo al de su solicitud.

 

Causas de suspensión o eliminación del registro

Transcurrido un año desde la inscripción en el registro, la ESCO deberá acreditar ante el MIEM la ejecución de al menos un diagnóstico o proyecto de eficiencia energética en el país. De no cumplirse este requisito la empresa será dada de baja del registro pudiendo solicitar nuevamente el alta en caso de acreditar los antecedentes solicitados.

El MIEM se reservará el derecho de eliminar de forma permanente del registro a aquellas ESCO que hayan cometido un notorio incumplimiento.

Serán causas suficientes de notorio incumplimiento, entre otras, las siguientes:

  • Defraudación comprobada.
  • Utilización de los fondos con propósitos distintos a los declarados.
  • No cumplimiento de las reglamentaciones y legislación nacional durante la ejecución de proyectos o su tramitación.
  • Que se compruebe una declaración inexacta o negligente con fines dolosos.

 

Causas para pasar de categoría A a categoría B

Las causas que determinan que una ESCO categoría A pase a categoría B son:

  • Verificación de incumplimiento (o evaluación desfavorable) por parte de algún cliente, comunicación correspondiente mediante, al MIEM.
  • No remitir la información correspondiente solicitada por el MIEM y especificada en cada caso.

Dependiendo de la situación particular, el MIEM se reservará el derecho de eliminar de forma permanente del Registro a aquellas ESCO que hayan cometido un notorio incumplimiento.
 

Acceda a la convocatoria para categorización de ESCO 2019 dirigida a las ESCO B

Acceda a la última actualización de ESCO categoría A.